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Exigen animalistas aplicación de sanciones por maltrato animal en Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Redacción

Una docena de protectores y activistas independientes protestaron ayer en el zócalo de la capital y en inmediaciones del templo de Santo Domingo de Guzmán, en contra del maltrato animal y para exigir la aplicación de las sanciones ya tipificadas en el Código Penal.


Renato Gonzalo Hernández y Arlette Cuevas, entre otros, criticaron la inacción de las autoridades ante los recientes hechos ocurridos en el Instituto Tecnológico del Valle, con sede en Santa Cruz Xoxocotlán, y en el municipio de San Pedro y San Pablo Teposcolula.


“La persona que apresa, maltrata, tortura y asesina en forma salvaje un perro, gato u otro animal, está catalogado como un monstruo psicópata. Si hoy mata un animal, después asesinará un ser humano.


Con pancartas y folletos, los activistas protestaron por varias horas en el zócalo de la capital y después trasladaron su manifestación en la explanada del templo de Santo Domingo.


Según denunciaron Renato Gonzalo Hernández y Arlette Cuevas, pese a que se han realizado modificaciones al Código Penal del Estado de Oaxaca, hasta ahora no ha habido una sanción ejemplar en contra de quienes han matado a los canes.


“El uso de venenos o ácidos, herir, poner a pelear, maltratar, abandonar, expulsar del hogar, afectar gravemente su salud, causar la muerte por falta de comida y tortura, atentar contra animales en reservas naturales, cómplices y colaboradores, pueden ser sancionados con tres a seis meses de cárcel y multas hasta por más de cuatro millones de pesos, pero no se aplican”, añadieron.


Demandaron que las autoridades estatales y municipales implementen programas de rescate, esterilización, vacunación y la asignación de un hogar para los animales de la calle.


Letra muerta


Según el artículo 419 de las reformas aprobadas en septiembre de 2015 y publicadas en el Periódico Oficial del Estado el 26 de octubre de ese año, se castigará con cárcel de tres meses y con multa de 100 a 150 salarios a quien dolosamente realice actos de sufrimiento que no lleven a la muerte inmediata de un animal vertebrado; cause lesiones y/o marcas de por vida que generen una agonía permanente.


Asimismo, con cárcel de seis meses a cuatro años y una multa de 500 a mil 500 salarios a quien dolosamente prive de la vida a un animal vertebrado.

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