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Agua, un derecho que muy pocos exigen en Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Redacción

A pesar de que el agua es un derecho humano consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde febrero del 2012, en el caso de Oaxaca pocas personas hacen uso de esa garantía, informó la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO).


El Visitador General, Juan Rodríguez Ramos, detalló que en atendieron 117 quejas, mismas que fueron canalizadas a las instancias correspondientes y resueltas satisfactoriamente. De este año aún no se tienen registros precisos.


En entrevista, detalló que el organismo autónomo tiene facultades para recibir quejas, por escrito, vía telefónica, personalmente o por cualquier otro medio, cuando es violentado ese derecho.


De la misma manera, inicia de oficio alguna queja o expediente cuando se toma conocimiento del caso a través de los medios de comunicación.


Puso como ejemplo de los 117 casos hechos ocurridos Santo Domingo Tomaltepec y San Agustín de las Juntas, donde los afectados pidieron se ampliara la red de agua potable, por lo que tras la intervención de la DDHPO, se les dotó del servicio.



 


Recalcó que la medida no tiene efecto en cuanto a los derechos que deben cubrir los usuarios, ya sea por el consumo del agua, por los servicios de introducción o trabajos de rehabilitación o reconexión.


Tras recibir una queja, indicó, la Defensoría dicta por procedimiento normativo una medida cautelar, mediante la cual pide a la instancia que se trate, sea del gobierno estatal o del municipal, a fin de que atienda a la brevedad la situación.


En caso contrario, luego de la resistencia, visitadores acuden al lugar para iniciar los procedimientos administrativos, que pueden derivar en una propuesta de conciliación o en su caso en una recomendación.


El Visitador General explicó que otros casos frecuentes son las quejas de habitantes de fraccionamientos, donde las autoridades municipales les niegan la dotación del vital líquido, al considerar que son avecindados y no lugareños.


“La Constitución establece que el agua debe ser de calidad, a precio asequible; si consideramos que está el respeto al derecho al agua, pero también debe pagarse de una manera racional y proporcional”, apuntó, al invitar a los afectados a acudir a la Defensoría de los Derechos Humanos si considera vulnerados sus derechos.


¿Dónde lo establece?


El Derecho Humano al Agua y el Saneamiento, fue promulgado por la Organización de las Naciones Unidas el 28 de julio de 2010.


En México, el Congreso de la Unión adicionó el 8 de febrero de 2012 un sexto párrafo al artículo 4° para elevar a rango constitucional el derecho humano al agua y saneamiento, con lo que se obliga al Estado a promulgar una nueva legislación en la materia.


Además, el Estado asume la responsabilidad de respetar, proteger y garantizar su cumplimiento en forma accesible, suficiente, salubre, aceptable y asequible con participación de la ciudadanía.


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