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Repudian impugnación de PAN, PRI y PRD a la Ley de Minería

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Foto(s): Cortesía
Octavio Vélez Ascencio

La Colectiva Cambiémosla Ya, junto con la Alianza por la Libre Determinación y Autonomía (Aldea) manifestaron su repudio por la impugnación presentada por los diputados del PAN, PRI y PRD en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la Ley de Minería, a pesar de reivindicar derechos largamente violentados de pueblos indígenas y afromexicano.

En un pronunciamiento, dio a conocer que los legisladores de esos partidos presentaron el miércoles pasado una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Minería aprobada el pasado mes de abril, pese a los reiterados llamados, mensajes, tuits, comunicados, pronunciamientos, juntas virtuales y presenciales entre comunidades, organizaciones civiles y académicos con diputados y senadores de todas las bancadas, para explicar los avances de la nueva legislación con respecto a la Ley Minera de 1992.

 

Expuso que la presentación de ese recurso reconviene los derechos, como la consulta y el consentimiento de los pueblos indígenas y afromexicano, los cuales deben ser garantizados, porque son obligaciones del marco convencional de los derechos humanos y de la Constitución Mexicana.

Acusan de favorecer a mineras

Además, explicó que la impugnación de los diputados del PAN, PRI y PRD favorecen los intereses de las empresas mineras, quienes durante 31 años han contado con una ley para especular con los bienes de la nación, violar derechos, contaminar el agua, arrasar con el ambiente, deforestar y violentar a las comunidades, así como destruir y saquear los bienes naturales del país.

“Con esta decisión, prefirieron ignorar las voces de cientos de comunidades y miles de personas que desde todas las regiones del país les pedimos no impugnar esta ley y dejar de propiciar con su actuar una violación sistemática de derechos”, asentó.

Subrayó que los diputados de esos partidos apelaron para declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Minería, porque supuestamente se aprobó incumpliendo el proceso legislativo, a pesar de representar un gran avance en el cumplimiento de los derechos de los pueblos y comunidades, violados sistemáticamente al amparo de la Ley Minera de 1992.

“Más grave aún es el hecho de que los diputados que presentaron la acción de inconstitucionalidad argumentan, entre otros temas, que con la aprobación de la nueva Ley de Minería se incurrió en una violación del derecho de consulta previa de todas las comunidades indígenas”, asentó.

De esta manera, destacó que la impugnación de la Ley de Minería refleja el desinterés de los diputados promoventes por las comunidades y sus territorios y deja al descubierto su compromiso con los intereses corporativos.

“La ley contiene avances esenciales como: la obligación de realizar un proceso de consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada para obtener el consentimiento de los pueblos para dar una concesión en sus territorios; retira el carácter de actividad preferente a la minería; prohíbe la minería en zonas con estrés hídrico y en Áreas Naturales Protegidas, prohíbe los trabajos de minería en el fondo marino, elimina el derecho de expropiación de los concesionarios y reduce los tiempos de las concesiones y regula de mejor forma los títulos de concesión para la actividad minera”, anotó.

De este modo, llamó a la SCJN a ponderar los derechos incorporados en esta ley y permitir que se conviertan en realidad en el país.

El máximo tribunal del país debe ser sensible a las demandas de la población y velar por que se garanticen sus derechos, particularmente de los pueblos indígenas y afromexicano”, terminó.

 

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