El Pleno del Tribunal Electoral de Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó la inclusión de la planilla blanca en el proceso de elección de San Juan Bautista Coixtlahuaca, porque la constancia de origen y vecindad fue expedida por la autoridad conforme a la convocatoria y al dictamen que rige el sistema normativo de ese municipio de la región Mixteca.
En el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano JDC /121/2025, los integrantes de esa planilla denunciaron que el Consejo Municipal Electoral vulneraron los principios de legalidad, certeza y seguridad jurídica.
En la resolución, el órgano jurisdiccional declaró como fundados los agravios relacionados con el registro de la planilla blanca, porque en el estudio del proyecto quedó acreditado la presentación de su constancia de origen y vecindad expedida por la autoridad correspondiente.
Además, mantuvo la decisión del Consejo Municipal de negar el registro a uno de sus integrantes, sobre todo, porque esa determinación no fue impugnada oportunamente por la parte actora.
Durante la sesión fueron resueltos dos Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de los Sistemas Normativos Internos (JDCI), un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía (JDC) y un Juicio Electoral de los Sistemas Normativos Internos (JNI).
