Pasar al contenido principal
x

Ordena juez al IEEPO despedir a maestros

Foto(s): Cortesía
Redacción

OAXACA.- Un juez federal ordenó a las autoridades educativas demostrar que ha separado del cargo a los maestros de una secundaria de Oaxaca que, por unirse a las protestas de la Sección 22, dejaron de impartir clases durante más de tres días.


El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió para esos efectos el amparo 1430/2015 a la asociación civil Mexicanos Primero y a una estudiante de la Escuela Secundaria Técnica 169 de San Pablo Etla, Oaxaca.


Los quejosos presentaron su demanda contra la omisión de autoridades educativas federales y estatales para garantizar el derecho humano a la educación.


Además, buscaron no apartar a los maestros que incumplieron con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos, sin causa justificada, como lo ordena el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.


La omisión fue atribuida al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) y los docentes señalados son aquellos que se sumaron al paro magisterial nacional y estatal realizado por la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación en la primera quincena de junio de 2015.


El juzgado sostuvo que los informes justificados rendidos por las autoridades educativas en el juicio de amparo no desvirtúan el reclamo de la asociación civil y la alumna en el sentido de que no está demostrada la separación de cargo de los maestros que incumplieron con dar clases.


"Ante ello, se concluyó que la omisión reclamada resulta violatoria del derecho a la educación establecido en la Constitución Federal y en diversos instrumentos internacionales, en relación con el principio del interés superior del menor", dijo el juzgado, según una tarjeta informativa del Consejo de la Judicatura Federal.


Por ello, ahora el IEEPO deberá acreditar que separó del servicio a todos los servidores públicos del sistema educativo nacional, personal docente y personal con funciones de dirección o supervisión en la Escuela Secundaria Técnica 169 que no asistieron por más de tres días consecutivos o discontinuos, sin causa justificada, en la primera quincena de junio del año pasado.


Este fallo no es definitivo, en virtud de que puede solicitarse su revisión ante un tribunal colegiado en la materia.

Noticias ¡Cerca de ti!

Conoce los servicios publicitarios que impulsarán tu marca a otro nivel.