Divorciados podrán contraer nuevo matrimonio antes de un año: SCJN
Es inconstitucional que se imponga una prohibición para que las personas divorciadas puedan contraer matrimonio, pues esto va contra el derecho constitucional al libre desarrollo de la personalidad.
Así lo señaló por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al declarar la invalidez del artículo 420 de. Código Civil de Jalisco donde se impedía a las personas divorciadas volver a contraer matrimonio hasta un año después de su separación legal.