Más de un millón y medio de trabajadores oaxaqueños en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados, pueden afiliarse ya al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para su incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio.
Esto luego de que el 1 de diciembre del 2023 el Diario Oficial de la Federación publicó diversas reformas para dar acceso a seguridad social a las y los trabajadores independientes, las cuales entraron en vigor el sábado 2 de diciembre.
Sin embargo, desde marzo del 2022 el instituto puso en marcha el Programa Piloto de Personas Trabajadoras Independientes, a fin de brindarles un esquema de aseguramiento similar al otorgado a los trabajadores que laboran para un patrón, con seguros de Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales.
La reforma de diciembre de 2023, incorpora la definición de trabajador independiente o por cuenta propia, como la persona física que no esté sujeta a una relación de subordinación laboral y que no recibe un salario, sino genera ingresos por el libre ejercicio de su profesión, oficio o actividad: y establece que voluntariamente podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio las y los trabajadores independientes o por cuenta propia.
Los sujetos de aseguramiento voluntario cotizarán por mensualidad, bimestralidad, semestralidad o anualidad adelantadas, a elección del asegurado.
En el caso de pago en parcialidades no se le aplicarán al importe a pagar actualizaciones ni recargos.
Además, las personas podrán cotizar simultáneamente como trabajador independiente o por cuenta propia y como trabajador sujeto a una relación personal subordinada regulada por la Ley Federal del Trabajo.
En este caso, la persona que se ubique en ambos supuestos podrá optar por afiliarse voluntariamente como trabajador independiente o por cuenta propia, caso en el cual deberá realizar los pagos de las cuotas obrero-patronales correspondientes, con independencia de las obligaciones de pago que deriven de la relación laboral personal subordinada regulada por la Ley Federal del Trabajo.
Las personas que se afilien a este régimen de seguridad social puede inscribir a su pareja, padres, madres, hijos e hijas para que también reciban servicios médicos y prestaciones sociales.
A través del micro sitio www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes se puede acceder a información detallada sobre los beneficios del programa, a un tutorial, preguntas frecuentes y a una calculadora de cuotas.