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Serán más severos los alcoholímetros en Oaxaca por Ley de Movilidad

Foto(s): Cortesía
Ana Lilia Pacheco

Ana Lilia Pacheco

Con la publicación de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrarán en vigor distintas medidas preventivas para evitar siniestros viales en Oaxaca como alcoholímetros permanentes y examen de conducir obligatorio para expedir licencias.

Con esta nueva ley que entró en vigor a partir de este 18 de mayo, los estados y municipios de México están obligados a implementar estas medidas y sancionar a quienes cometan infracciones como no respetar los límites de velocidad y en el caso de motocicletas el uso obligatorio de casco.

La ley detalla que para obtener o renovar licencia de manejo, se deberá hacer un examen teórico y práctico de conocimientos y habilidades, además de que las licencias podrían no tener vigencia mayor a cinco años, la cual se reduce a dos años en caso de los operadores de vehículos oficiales o emergencias.

También prohíbe hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación, así como leer o enviar mensajes de texto, salvo que se realice mediante tecnología de manos libres.

En cuanto a los límites de velocidad en todo el país, decreta que sea de 50 kilómetros por hora (km/h) dentro de zonas urbanas, 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias, y 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado.

La ley señala que los municipios y estados deberán implementar el alcoholímetro permanente y el límite será de 0.25 miligramos por litro (mg/l) y 0.1 mg/l para motociclistas.

En el caso de vehículos de transporte de pasajeros y carga no serán operados bajo ninguna concentración de alcohol, por lo que en caso de que los choferes que sean sorprendidos bajo influjo de alcohol o cualquier droga, perderán licencia de manejo por no menos de un año, y seis meses en caso de conductores de transporte público o carga.

De acuerdo con el documento, el peatón está como número uno en la escala jerárquica de las políticas de movilidad y seguridad vial a implementarse en todo el país, las cuales deben estar enfocadas en razón de género, personas con discapacidad y con movilidad limitada, ciclistas y usuarios de vehículos no motorizados en segundo lugar, usuarios y prestadores de servicio de transporte público en tercero, y cuarto, al automovilista.

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