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Ratifica Sala Xalapa que PUP y NAO conserven registro como partidos

Foto(s): Emilio Morales Pacheco
Luis Ignacio Velásquez

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los partidos Nueva Alianza Oaxaca (NAO) y Unidad Popular (PUP) cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 94, párrafo 1, inciso b) de la Ley General de Partidos Políticos y 301 de la Ley de Instituciones de Oaxaca, por lo cual se declaró procedente que conservaran su registro como partidos políticos.

En sesión pública virtual, la Sala Xalapa confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) dentro de los recursos RA/209/2022, RA/01/2023 y RA/02/2023 acumulados que, a su vez, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-88/2022 del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de la señalada entidad federativa (IEEPCO).

El acuerdo del órgano electoral estableció que los partidos NAO y PUP cumplieron con el requisito establecido en los artículos 94, párrafo 1, inciso b) de la Ley General de Partidos Políticos y 301 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, por lo cual se declaró procedente que conservaran su registro como partidos políticos, en virtud de que en las elecciones de diputaciones y ayuntamientos del 2021 obtuvieron el 3 por ciento de la votación valida emitida.

Las magistraturas que integran el Pleno de la Sala Regional determinaron que el TEEO realizó una correcta interpretación de los preceptos legales en mención, llegando a la conclusión de que los partidos NAO y PUP tenían derecho a conservar su acreditación ante el IEEPCO, al haber alcanzado el porcentaje de votación requerido en las elecciones del reciente proceso electoral.

Ello, dado que bastaba con obtener dicho porcentaje de votos en cualquiera de los comicios celebrados recientemente, sin importar que fuese para la renovación del Poder Ejecutivo local, Legislativo local o Ayuntamientos, y no como erróneamente lo hicieron valer los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC) y Revolucionario Institucional (PRI), actores en este asunto, al afirmar que dicho porcentaje necesariamente tenía que ser de la elección inmediata anterior de la Gubernatura del Estado de Oaxaca, en la que los cuestionados partidos políticos obtuvieron un porcentaje menor al 3 por ciento.

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