Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) invalidó la elección por sistemas normativas de las autoridades de la agencia municipal de San Marcos Zacatepec, Santa Catarina Juquila, por vulnerarse el principio de paridad y no regresión.
De acuerdo con la resolución, el Juicio de la Ciudadanía con clave JDCI/01/2025, fue promovido por mujeres de esa comunidad en contra del agente municipal, presidente y secretario del Consejo de Ancianos e integrantes de la Mesa de los Debates de esa comunidad, así como del presidente municipal de Santa Catarina Juquila, por el desarrollo de la asamblea general del 5 de enero pasado, donde se eligieron a las autoridades.
En las dos actas de asamblea levantadas coinciden en que en la elección de autoridades para el presente año, resultaron electos únicamente hombres, porque no se garantizó la representación en la integración de la autoridad de la agencia municipal conforme al principio de paridad y de no regresión.
Además, determinó que existe un retroceso en los derechos político-electorales de las mujeres en esa comunidad, porque en los años 2022 y 2024, fueron electas dos mujeres y en este proceso de elección, no se realizó una postulación real de las mujeres.
Mientras tanto, el agravio manifestado sobre Violencia Política en Razón de Género (VPRG), no se acreditó porque no existen elementos de prueba suficientes manifestadas por las actoras.
A su vez, en relación al juicio con clave JDC/30/2025, el TEEO declaró la obstrucción al ejercicio del cargo de la presidenta municipal de San Agustín Amatengo, en contra de una concejal electa por el principio de representación proporcional, porque la autoridad responsable instaló el Cabildo sin la totalidad de los miembros propietarios electos, sin haber notificado a la concejal postulada por el partido del Partido Revolucionario Institucional (PRI), para asumir su cargo como dispone la Ley Orgánica Municipal.
