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Pendientes de aprobación, 448 leyes de ingresos municipales en Oaxaca

Casa del Pueblo Oaxaca de Juárez
Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

Luis Ignacio Velásquez

 

Hasta la primera quincena de enero del 2022, el Congreso ha aprobado 122 leyes de ingresos municipales de un total de 570 localidades, por lo que aún faltan por analizar, discutir y, en su caso aprobar, 448 leyes de ingreso de igual número de municipios.

De acuerdo a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 43, fracción 21, corresponde a los municipios: Elaborar y presentar ante el Congreso del Estado, a más tardar el último día del mes de noviembre de cada año, la iniciativa de Ley de Ingresos Municipales que deberá regir durante el año fiscal siguiente. En lo que respecta a la iniciativa de Ley de Ingresos Municipales que se aplicará en el primer año de ejercicio constitucional, deberá aprobarse por el Ayuntamiento en funciones a propuesta del Presidente Municipal entrante que asumirá el cargo el primero de enero del año que corresponda.

La Ley de Ingreso Municipal establece los conceptos por los cuales el municipio percibirá los recursos que le permitan cubrir los gastos de administración y demás obligaciones a su cargo, mismos que se integran por impuestos, derechos, contribuciones especiales, productos, aprovechamientos y participaciones en ingresos federales y estatales.

Cabe destacar que de acuerdo a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca ninguna contribución podrá recaudarse si no está previsto por la ley anual de ingresos correspondiente a cada uno de los municipios, o por una ley posterior que la establezca.

Discusión y resolución 

Además, es facultad de los Ayuntamientos de los municipios del estado proponer las tasas, cuotas y tarifas aplicables a las bases para la determinación de los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos, aprovechamientos y aquellas contribuciones especiales que establezca la legislatura del estado en las leyes de ingresos municipales respectivas.

El Reglamento Interior del Congreso del Estado precisa que corresponde a la Comisión de Hacienda el dictamen y conocimiento de los asuntos que atañen a la Ley de Ingresos del Estado y a las leyes de ingresos de los municipios.

En tanto la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca establece, en su artículo 44, que el primer periodo de sesiones (que se desarrolla del día quince de noviembre al quince de abril), se destinará de preferencia a la discusión y resolución de los Presupuestos de Ingresos y Egresos del Estado y Presupuestos de Ingresos de los Municipios.

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