Pasar al contenido principal
x

Expiden Ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes en congreso

 La nueva ley
Foto(s): Mario Jiménez Leyva
Luis Ignacio Velásquez

En sesión extraordinaria, la 65 legislatura expidió la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Oaxaca, que incorpora dentro de la estructura del DIF Oaxaca, como órgano desconcentrado, una Procuraduría Estatal de Protección que podrá solicitar el auxilio de autoridades de los tres órdenes de gobierno, para la protección y restitución de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, establece la creación de un Registro Estatal de Agresores Sexuales de Niñas, Niños y Adolescentes, que es una base de datos de personas agresoras en el estado cuya finalidad es la plena identificación de las personas condenadas mediante sentencia firme por la comisión de delitos de índoles sexual en contra de niñas, niños y adolescentes.

En el caso de del Registro de Obligaciones Alimentarias, la persona titular del Tribunal Superior de Justicia suministrará, intercambiará, consultará, analizará y actualizará la información que se genere sobre el incumplimiento dc las obligaciones alimentarias, utilizando para este fin los instrumentos tecnológicos de la Dirección General del Registro Civil y esta dirección debe remitir la información al Sistema Nacional DIF.

 

La nueva ley tiene por objeto reconocer a niños niñas y adolescentes como titulares de derechos con capacidad de goce de los mismos, y promover y garantizar el pleno goce, ejercicio, respeto, protección, sanción y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes que se encuentre en el territorio del estado de Oaxaca.

Las sanciones por las violaciones a esta ley son: Amonestación, advertencia de la autoridad competente dirigida al infractor, haciéndole ver las consecuencias de la responsabilidad administrativa que cometió, exhortándolo a la enmienda y conminándolo con que se le impondrá una sanción mayor si reincide.

Multa, sanción pecuniaria impuesta por la autoridad competente para personas morales de 10 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, en tanto los servidores públicos estarán sujetos a lo que establece la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado.

Noticias ¡Cerca de ti!

Conoce los servicios publicitarios que impulsarán tu marca a otro nivel.