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Emite CNDH recomendación por muerte de reo en Cefereso de Miahuatlán

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 142VG/2023 al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) y a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), por dilaciones y omisiones en las investigaciones del deceso de una persona privada de su libertad, el 28 de septiembre del 2021, en el Centro Federal de Readaptación Social número 13 (Cefereso 13) en Miahuatlán de Porfirio Díaz.

El órgano autónomo señala que en la queja presentada ante la CNDH el 5 de noviembre de 2021, se anexaron varios documentos, de entre los cuales destaca la publicación en la red social del medio digital Periodismo QR, de fecha 9 de octubre de 2021, que refiere que, debido al deceso por estrangulamiento de la víctima, sus familiares requerían ayuda para la dilucidación de los hechos y para solicitar que se realizará la investigación correspondiente. 

“Debido a lo anterior, esta Comisión Nacional inició expediente y solicitó información a personal del Cefereso 13, al OADPRS y la fiscalía estatal. A partir del análisis de las evidencias, se acreditó la falta de atención y cuidado por parte del personal del Cefereso 13, ya que la víctima realizó acciones que reiteraban una conducta anómala, además de que sufrió agresiones tanto por parte del personal de custodia como de otras personas privadas de su libertad, lo cual ponía en riesgo su integridad personal y, por ende, su vida, por lo que se le debió proteger investigando los hechos e incluso cambiando la ubicación de su dormitorio”.

Agrega, que igualmente, se constató la deficiente investigación realizada por personal de la FGEO ya que el deceso de la víctima ocurrió en un contexto que permite suponer condiciones ilícitas, lo cual requería la aplicación de técnicas de investigación y recopilación de información con instrumentos internacionales, tales como el Protocolo de Minnesota. Entre otras omisiones, no se reportó que la escena donde ocurrieron los hechos estaba alterada, ni se exploraron otras líneas de investigación para determinar lo conducente sobre la posible responsabilidad de personas servidoras públicas del Cefereso 13 o de otras personas privadas de su libertad en la muerte de la víctima. 

Señala que, con base en los hechos comprobados, la CNDH recomendó al OADPRS que colabore en la inscripción al Registro Nacional de Víctimas de la persona agraviada en sus derechos y de la víctima indirecta, para que proceda a la inmediata reparación integral del daño, la cual deberá incluir la medida de compensación, además de otorgar la atención psicológica o tanatológica que requiera.

También, deberá colaborar ampliamente en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente ante el Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control contra las siete personas servidoras públicas adscritas al Cefereso 13 implicadas en los hechos. 

Además, la FGE deberá colaborar en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente contra el personal adscrito a esa dependencia ante la Contraloría Interna de la Fiscalía Estatal; deberá remitir copia de la Recomendación 142VG/2023 para que se integre a la Carpeta de Investigación, con el fin de determinar si hubo alguna conducta constitutiva de delito, derivado de un ejercicio ilícito de servicio público u otro por parte de las autoridades penitenciarias señaladas como responsables; y tendrá que capacitar, a través de cursos, a los Ministerios Públicos adscritos a la Vicefiscalía General de Control Regional en Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca, en particular a la persona servidora pública que participó en los hechos descritos, sobre la relevancia de considerar el conjunto de principios y directrices que contiene el Protocolo de Minnesota, durante la investigación de muertes potencialmente ilícitas, como lo es el deceso de una persona en prisión. 

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