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Buscan identificar deudores alimentarios entre funcionarios de Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La 65 Legislatura exhortó a la titular del Registro Civil para que considere la firma de un convenio de colaboración con el titular de la Secretaría de Administración a fin de eficientar las tareas de identificación de funcionarios inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Así como intercambiar información para que en conjunto con la Secretaría de la Mujer desarrollen acciones y políticas que permitan proteger el interés superior de las y los hijos menores de edad de la base trabajadora del gobierno del estado de Oaxaca, así como de los demás acreedores alimentarios. 

La proposición con punto de acuerdo que fue aprobada como de urgente y obvia resolución, que presentó la presidenta de la mesa directiva diputada Miriam de los Ángeles Vásquez Ruiz, señala que para preservar el interés superior de la niñez ante la omisión de los denominados deudores alimentarios, el Estado restringe el acceso a cargos públicos y de representación popular e inscribe a los “morosos” en un registro para limitarle algunos derechos, hasta en tanto no se cancele su registro.

Manifiesta que la medida sólo aplica para cargos de representación popular y cargos públicos, no a los empleados de gobierno o aquellos que desempeñan un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la Administración Pública Estatal, ya que la aplicación de la ley es inexacta para estos últimos.

Añade que, para el caso del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, su funcionamiento depende de una serie de condiciones previas; la primera, debe existir un proceso iniciado por incumplimiento de obligación alimentaria y, la segunda, debe haber una sentencia de autoridad judicial respecto a la demanda de pensión alimenticia.  

Sostiene que el ente gubernamental debe atender un esquema de coordinación y comunicación con otras instancias, a efecto de garantizar las demandas de pago de la pensión y actualización de la nómina.

Afirma que la eficacia del registro no tiene el alcance suficiente para lograr el cumplimiento de pago de una pensión alimenticia y que la vigilancia del trabajo de los jueces, la asesoría legal y acompañamiento a la madre de familia, en la cadena procesal, resulta clave para lograr la incorporación del deudor alimentario, como primer paso hacia el cumplimiento del derecho de alimentación de las infancias.

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