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14 de junio de 2006: memoria e impunidad en Oaxaca

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Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

Este 14 de junio se cumplen 18 años, es decir 6 mil 570 días, de impunidad en uno de los hechos de represión más graves al pueblo de Oaxaca, en su historia reciente: el fallido desalojo por parte de los elementos de la policía estatal de los profesores de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) del Zócalo de la ciudad, donde mantenían un plantón permanente para exigir atención a diversas demandas.

En la brutal agresión de los cuerpos de seguridad, donde se utilizaron bombas lacrimógenas, balas de goma, uso de toletes y escudos, helicópteros, se registraron múltiples violaciones a las garantías individuales de los ciudadanos y, sin embargo, hasta la fecha ningún servidor público ha sido presentado ante las autoridades para ser juzgado de acuerdo a la ley.

La brutal actuación del aparato del Estado en contra del magisterio e integrantes de diversas organizaciones sociales, fue el inicio de un importante movimiento social en la entidad para exigir la salida del gobernador en turno; sin embargo, a pesar del uso excesivo de la fuerza pública, los traslados arbitrarios, los asesinatos, los actos de tortura y desapariciones que documentaron organismo de derechos humanos nacionales e internacionales, así como por la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), no hubo ningún tipo de sanción para los responsables. 

 

 

La Suprema Corte

La investigación de los hechos por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Máximo Tribunal del país, y sus conclusiones allanaron el camino a la impunidad, porque los resultados de su investigación exoneran a las autoridades políticas y administrativas del gobierno federal y estatal, para únicamente inculpar a los mandos policiales federales y estatales, como si la decisión de reprimir a la población fuera a voluntad del secretario del director de la policía estatal o secretario de seguridad federal.

El 29 de marzo del 2007, la Cámara de Diputados federal solicitó a la SCJN que ejerciera la facultad prevista en el segundo párrafo del artículo 97 de la Constitución federal, a fin de que se investigara si existió la probable violación de garantías graves en los hechos que tuvieron lugar de mayo de 2006 a enero de 2007 en Oaxaca, por lo que se designó una Comisión Investigadora.

Posteriormente la comisión presentó el resultado de su investigación, el cual fue turnado al Ministro Mariano Azuela Güitrón a fin de que estudiara su contenido y elaborara un proyecto de resolución, mismo que se discutió por el Tribunal Pleno los días 13 y 14 de octubre de 2009.

 

 

Violaciones graves

En el dictamen se señalaba que cuando las autoridades estatales y federales determinaron hacer uso de la fuerza pública para solucionar el conflicto social en Oaxaca, se incurrió, en actos que además de denotar falta de eficiencia y profesionalismo de los cuerpos policíacos, provocaron la violación de diversas garantías, pues varias personas fueron objeto de tratos crueles e inhumanos durante su detención y traslado a los penales correspondientes, sin que la autoridad contara con registros que informaran la manera en la que procedieron durante tales traslados, lo cual resultaba indispensable, dado el estado de vulnerabilidad en que se encontraban los detenidos.

Además, que se omitió tomar las medidas necesarias para ocasionar el menor daño posible a los propios elementos policíacos e igualmente se advertían excesos en la represión a los inconformes, pues hubo personas que presentaron lesiones graves que no guardaban proporción con el objetivo que se pretendía alcanzar mediante los operativos, además de que uno de éstos fue fallido y lejos de contribuir a la solución del conflicto, ocasionó más violencia y represión, generando una situación de mayor desorden generalizado a la que existía antes de implementar el operativo.

Las garantías que se estimaron violadas fueron la libertad de tránsito, la libertad de trabajo y comercio, el derecho a recibir educación básica, el derecho a la información, y en cuanto a las personas en particular, les afectó el derecho a la vida, a la salud, el derecho a la propiedad, la libertad personal, y otros derechos.

 

 

La inculpación 

Para determinar qué autoridades estuvieron involucradas en los hechos que se consideraron violatorios de garantías, así como su grado de participación, el Ministro Azuela refirió que era necesario tomar en cuenta que las autoridades siempre tuvieron la voluntad de solucionar el conflicto mediante la vía de diálogo y la negociación, pues incluso hicieron ofrecimientos de tipo económico que fueron calificados como insuficientes por los inconformes.

En el dictamen, las autoridades locales a las que se imputaba participación en el operativo del 14 de junio de 2006, fueron: el director General de Seguridad Pública del Estado, el director de la Policía Ministerial, el director de la Policía Auxiliar, Bancaria, Industrial y Comercial y siete mandos en el operativo; igualmente, a tres mandos pertenecientes a la Policía Preventiva del Municipio de Oaxaca de Juárez, a la Policía Preventiva del Estado, a la Policía Ministerial y a la Policía Auxiliar Bancaria, Industrial y Comercial, quedando fuera de la imputación los titulares de esas dependencias.

 

 

Posicionamientos de magistrados

Ante tan evidente protección a las autoridades estatales y federales del Ministro Azuela, el Ministro Genaro David Góngora Pimentel manifestó que contrario a lo indicado en el proyecto, la participación asignada al Gobernador del Estado no era atenuada, ya que no sólo era responsable por la omisión en el uso oportuno de la fuerza pública y la ausencia de cuerpos de seguridad profesionales, sino también por la falta de atención que puso a la problemática de fondo, la incapacidad y la falta de oficio político. 

Indicó que si bien el dictamen documentaba correctamente los excesos en el uso de la fuerza pública, no coincidía con la asignación de responsabilidades, ya que la participación no sólo se limitaba al jefe del Estado Mayor de la Policía Federal Preventiva, sino que también debía señalarse al entonces Secretario de Seguridad Pública Federal.

El Ministro Ramón Cossío

Por su parte, el Ministro José Ramón Cossío Díaz destacó que le parecía grave que parte de la narrativa del dictamen se basara en los partes de las fuerzas de seguridad y las actas notariales, pues ello quería decir que la única visión de los hechos era la aportada por la propia autoridad. Manifestó que en la atribución de responsabilidades había un claro deslinde de las autoridades federales y la del gobernador estatal.

En tanto, el Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo sostuvo que debía considerarse involucrado al gobernador no sólo por no haber contado con un cuerpo de policía competente, pues también era responsable por la manera en que se utilizó la fuerza pública, por el ineficaz manejo de la política interior y por las omisiones en que incurrió en materia de seguridad pública.

La resolución

Por su parte, los Ministros Margarita Beatriz Luna Ramos, Sergio A. Valls Hernández y José Fernando Franco González Salas justificaron la participación del mandatario estatal y atenuaron sus responsabilidades; en tanto que el Ministro Juan N. Silva Meza señaló que la responsabilidad total de la planeación y puesta en marcha de los operativo, sobre todo en relación con el operativo efectuado el día 14 de junio de 2006, no sólo debía recaer en el director general de Seguridad Pública del Estado, pues éste tiene superiores jerárquicos, incluyendo al gobernador, quien debe vigilar que su actuación se apegue a la ley.

La Ministra Olga Sánchez Cordero expresó que, contrario a lo sostenido en el proyecto, la participación del mandatario estatal en los hechos violatorios de garantías no era atenuada, sino que la identificación de involucramiento debía quedar en los mismos términos que en el caso de las otras autoridades.

Finalmente, los Ministros aprobaron el dictamen determinando que las autoridades locales que participaron en hechos que constituyen violación grave de garantías, son el gobernador cuya, sin atenuantes; el director de Seguridad Pública estatal; el director de la Policía Ministerial; el Director de la Policía Auxiliar, Bancaria, Industrial y Comercial, y mandos operativos. 

Y, sin embargo, nadie compareció ante la autoridad, pavimentándose así el camino de la impunidad. 

 

A detalle

14 de junio de 2006, fecha del desalojo magisterial.

18 años han pasado sin justicia.

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