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Suprema Corte estima que el 13 de diciembre elegirán a nueva Ministra

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Foto(s): Cortesía
Redacción

La presidenta del Senado, Ana Lilia Rivera Rivera, estimó que será el miércoles 13 de diciembre cuando el Pleno desahogue el procedimiento para la designación de una Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Indicó que el martes 12 sesionará la Mesa Directiva y ese día emitirá el procedimiento mediante el cual la Comisión de Justicia y el Pleno de la Cámara llevarán a cabo la designación.

Una vez que el Pleno discuta, y, en su caso, apruebe el dictamen de idoneidad de la Comisión de Justicia, se convocará a las comparecientes para que, frente al Pleno, defiendan su posición; posteriormente, el Senado de la República llevará a cabo la votación.

Rivera recordó que se requiere la mayoría calificada para designar a la nueva Ministra, por lo que, de no conseguir el número de votos requeridos para ello, es decir, las dos terceras partes de las y los senadores presentes en el Pleno, se agotará el procedimiento que corresponde al Senado.

Explicó que, una vez que se recibió del titular del Ejecutivo federal la nueva terna para cubrir la vacante que dejó Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ésta fue turnada a la Comisión de Justicia de manera directa para determinar la idoneidad y elegibilidad de una de las tres aspirantes.

El presidente Andrés Manuel López Obrador mantuvo en esta nueva terna las propuestas de Bertha María Alcalde Luján y Lenia Batres Guadarrama, quienes ya comparecieron ante la Comisión de Justicia; además, este órgano legislativo resolvió que ellas cumplían con los requisitos de idoneidad y de elegibilidad para el cargo.

Pero en esta nueva terna, incluyó entre las aspirantes a María Eréndira Cruz Villegas Fuentes, quien actualmente se desempeña como titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Cultura. 

 ¿Qué pasa si la segunda terna no se aprueba? 

 De acuerdo con el artículo 96 de la Constitución Política, para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al ministro que deba cubrir la vacante.

La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de 30 días. 

Si el Senado no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.

En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el titular del Ejecutivo Federal someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior.

Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que, dentro de dicha terna, designe el Mandatario federal.

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