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Inician campañas para el PJF; INE limita promoción del voto

Foto(s): Mario Jiménez Leyva
Luis Ignacio Velásquez

Ayer iniciaron las campañas de las candidaturas que contenderán en el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, las cuales concluirán el próximo 28 de mayo; y, en la víspera, el Instituto Nacional Electoral (INE) prohibió que el gobierno federal, los estatales o municipales llamen a la ciudadanía a acudir a las urnas el 1 de junio.

En sesión extraordinaria, el consejero electoral Arturo Castillo Loza señaló que se debe prohibir que estas personas, servidores públicos no candidatos, autoridades e instituciones públicas, puedan promover el voto, la participación ciudadana en la elección o crear espacios para la difusión de los perfiles de las candidaturas.

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Subrayó que la decisión se basa en que la promoción del voto es una atribución exclusiva del INE y, además, el artículo 506 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prohíbe el uso de recursos públicos para promoción y propaganda relacionadas con los procesos de elección de integrantes del Poder Judicial.

Precisó que la decisión de prohibir a las autoridades de los tres niveles de gobierno llamar al voto, se tomó por dos razones: primero, porque ésta es una atribución exclusiva del Instituto Nacional Electoral, en términos del artículo 504, fracción XIII, de la LGIPE; y dos, porque el artículo 506 señala: queda prohibido el uso de recursos públicos para multas de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución.

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Al avalar los criterios para garantizar que las campañas y la veda electoral del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025 se ajusten a los principios de imparcialidad y equidad, el INE señaló que los mismos tienen como fin regular las obligaciones en materia de equidad de las personas servidoras públicas candidatas y no candidatas, así como de autoridades e instituciones públicas. 

Durante la sesión extraordinaria, el Consejo General citó que estos criterios son Participación de personas servidoras públicas en funciones que ostenten una candidatura, Participación de personas ministras de culto, Límites normativos en la etapa de campaña electoral, comprendida del 30 de marzo al 28 de mayo de 2025, Modalidades y medios de participación de las personas candidatas en Foros de Debate y Veda electoral, que por definición legal son los tres días anteriores al 1 de junio, esto es, los días 29, 30 y 31 de mayo de 2025.

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Por lo que, de ser violados, los infractores podrán ser motivo de sanción de conformidad con los dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Además, el instituto recordó que, en la Jornada Electoral del próximo 1 de junio, se elegirán nueve cargos de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); cinco magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial; dos magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); 15 magistraturas de las salas regionales del TEPJF; 464 magistraturas de circuito y 386 personas juzgadoras de distrito.

El artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la duración de las campañas de las candidaturas a estos cargos será de 60 días y sin etapa de precampaña.

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