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Dos aeropuertos de Oaxaca quedarán bajo la administración de la Sedena

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Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, cedió al Grupo Aeroportuario, Ferroviario Olmeca-Maya-Mexica (GAFSACOMM), que pertenece a la Secretaría de la Defensa Nacional, el control de los aeropuertos locales de Puerto Escondido y Ciudad Ixtepec.

Según las asignaciones publicadas en el DOF las mismas son para administrar, operar, explotar y, en su caso, construir el Aeropuerto Internacional de Puerto Escondido; y para administrar, operar, explotar, y, en su caso, construir el Aeropuerto Nacional de Ixtepec “General Antonio Cárdenas Rodríguez”, en Ixtepec.

 

 

También cedieron los aeropuertos de Uruapan, Michoacán; y Puebla para incrementar la lista de los que ya estaban bajo su control como son: Nuevo Laredo y Ciudad Victoria, en Tamaulipas; Tamuín, en San Luis Potosí; y Chetumal, en Yucatán.

Los documentos establecen que GAFSACOMM, por sí o por conducto de terceros, prestará los servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales de manera permanente, uniforme, regular y no discriminatoria, a todos los usuarios del aeropuerto, incluidos los concesionarios, asignatarios y los permisionarios del servicio de transporte aéreo regular nacional e internacional, no regular nacional e internacional, servicios aéreos a terceros y operaciones de aeronaves para uso particular que así lo requieran.

 

 

Y que tendrá la responsabilidad frente a la SCT para que los servicios se presten en términos de la legislación aplicable y de este título de asignación.

El grupo será responsable de que el aeropuerto cuente con los servicios aeroportuarios y complementarios que se requieran, de acuerdo a su clasificación, clave de referencia y categoría.

 

 

Manifiesta que el GAFSACOMM responderá directamente ante la SCT del cumplimiento de las obligaciones asumidas bajo esta asignación, inclusive de aquellas que se deriven de la celebración de contratos con terceros, así como de los daños que, con motivo de la administración, operación, explotación, y en su caso, construcción, se causen a los bienes asignados y a terceros usuarios del aeropuerto.

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