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Ilegal, segunda designación de Carol a la diputación por el PAN

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA.- Una vez más le fue negada al presidente estatal con licencia del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Carol Antonio Altamirano, la candidatura a la diputación por el distrito de Salina Cruz.


Por segunda ocasión, el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO) lo declaró inelegible, por lo que sentenció la imposibilidad para que el perrediste busque contender por un lugar en el Congreso.


Lo mismo suicedió con el dirigente estatal del Partido Acción Nacional (PAN), Juan Iván Mendoza Reyes. Así lo informó el representante del Partido del Trabajo (PT) ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Noel García Pacheco.


Subrayó que lo que hizo el órgano electoral fue permitir la repetición de un acto reclamado, sin embargo, el resultado es el mismo que la autoridad consideró violatorio de la ley.


“Mediante una estrategia jurídica se llega al mismo resultado concreto, y en el caso de la sentencia del TEEO sólo hay dos situaciones claras: que se designe a la fórmula representada por Rafael Toledo Méndez o a la fórmula de Mariuma Vadillo Bravo; pero en el camino el PAN, haciendo uso de su autodeterminación, refiere que no puede proponer a ninguno de los dos, porque Rafael renunció a la precandidatura y la única candidata que queda es Vadillo Bravo”.


Agregó que la lógica indica que en esta situación Vadillo Bravo debería haber sido designada candidata a la diputación por el distrito 19, pero para no designarla a ella ahora el PAN señala que en el bloque de competitividad ese lugar corresponde a un hombre y proponen nuevamente a Carol Antonio Altamirano.


Advirtió que a través de una ruta jurídica el PAN llegó al mismo resultado que cuestionó el Tribunal Estatal, pero se deja fuera a una candidata debidamente registrada.


“Creemos que se está repitiendo un acto a reclamado, por lo que los tribunales electorales seguramente abrirán de oficio el incidente de ejecución o inejecución de sentencia y el Tribunal Electoral va a revisar si con este acuerdo que se aprobó se está cumpliendo la sentencia, y si no se cumple, va a requerir por segunda vez que el IEEPCO cumpla y va a atraer aparejada una sanción para el mismo, porque están desacatando un mandato judicial.

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