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Repudia SMO machismo contra titular de Semovi

Foto(s): Cortesía
Citlalli López Velázquez

La secretaria de la Mujer Oaxaqueña (SMO), Ana Vázquez Colmenares, exigió no violentar los derechos laborales de la titular de la Secretaría de Movilidad (Semovi), Mariana Nassar Pyñeiro, quien se ausentó del cargo para ejercer su licencia de maternidad.


“Rechazamos rotundamente cualquier tipo de violencia o discriminación o actos machistas contra mujeres y se les discrimine por ejercer sus derechos laborales cuando soliciten licencia por maternidad”, señaló a través de un posicionamiento público.


Durante la pasada sesión del Congreso, el diputado del PT, César Morales Niño, presentó un punto de acuerdo para pedir al gobernador del Estado, Alejandro Murat Hinojosa, nombrar un encargado de despacho.


Los diputados de Morena y del PT, se impusieron con 18 votos a favor sobre los 9 en contra de los diputados del PRI y las dos diputadas de la bancada de mujeres independientes.



Desde la tribuna, el diputado local, justificó su propuesta debido a los hechos violentos en Pinotepa Nacional y Nochixtlán, por disputas violentas de grupos de transportistas.


Edna Liliana Sánchez Cortés, subsecretaria de prevención de violencia de género en la SMO, indicó que éste es un mensaje que va en detrimento de los derechos laborales conquistados por las mujeres por lo que consideró que las y los diputados que votaron a favor de la destitución de la secretaria a través del nombramiento de un encargado del despacho, debería de ofrecer una disculpa.


“Solicitarle la renuncia a una mujer que esta ejerciendo un derecho, derecho que nos hemos ganado como mexicanos es una situación injusta, el señor (César Morales) tendría que reconsiderar su opinión y pedir disculpas”, manifestó.


Garantizan descanso


En México, el artículo 123 de la Constitución, establece las bases para la protección de la maternidad y las obligaciones de los empleadores:


“Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo.”


Asimismo, el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo y las leyes de los seguros sociales, establecen la protección de la madre y su hijo en la gestación o lactancia.


Las mujeres trabajadoras aseguradas, tienen garantizada la atención médica, el descanso para su recuperación, su ingreso y la conservación de su empleo, en cambio, quienes no cuentan con esta protección tienen que recurrir a otras alternativas para resolver su atención

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