El decreto que regula el uso de la toga y birrete en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitido durante el gobierno de Manuel Ávila Camacho, es hoy jurídicamente endeble, porque se trata de una norma nacida en los años 40 cuando la Constitución Política federal y el máximo tribunal del país, invisibilizaban a los pueblos indígenas, aseguró el presidente de Litigio Estratégico Indígena (LEI), Carlos Morales Sánchez.
Ante la intención del nuevo ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, de utilizar otra vestimenta, el activista sostuvo que ese decreto para imponer una única forma de vestir a la cimera autoridad judicial, ya no es compatible con el marco constitucional vigente y si el Congreso de la Unión no alcanza a reformarlo en tiempo, existe una salida clara y jurídicamente sólida.
“El nuevo presidente de la SCJN puede y debe ejercer control de constitucionalidad, inaplicando una norma que contradice derechos fundamentales previstos hoy en la Constitución”, asentó.
Explicó que cuando se expidió el decreto no existía el artículo dos de la Constitución Política federal en su forma actual, donde se reconoce el derecho a la preservación, protección y difusión de su cultura de los pueblos indígenas.
“Ese derecho se traduce, entre muchas otras cosas, en la posibilidad de incorporar símbolos del pasado prehispánico y de las culturas originarias contemporáneas en los espacios institucionales, incluyendo la indumentaria judicial”, aseveró.
De este modo, subrayó que el nuevo ministro presidente de la SCJN y las personas indígenas tienen el derecho de portar con dignidad sus atuendos representativos de su historia y su identidad.
“No es una concesión, es un derecho constitucionalmente reconocido”, remarcó.
Destacó que la toga cumple una función simbólica importante, porque protege el cuerpo, inviste de autoridad, separa lo sagrado de lo profano, visibiliza un poder ritual y normativo e inscribe al portador en un orden jurídico, pero todas esas funciones pueden ser cumplidas y resignificadas con otras vestimentas tradicionales representativas desde hace siglos de un orden comunitario, normativo y ceremonial propio.
“México no es un solo México. Es un país que se ha contado muchas veces desde el centro, pero que se construye todos los días desde los márgenes. Es la suma viva de pueblos, lenguas, iconografías, tejidos, silencios y resistencias. No hay un solo rostro, ni una sola voz, ni una sola manera de entender la justicia”, afirmó.
Ante esto, dijo que esa pluralidad y multicromía necesita reflejarse también en la vestimenta de quienes imparten justicia, porque la prenda utilizada por las ministras y ministros no debe ser únicamente una toga negra nacida de un decreto viejo, sino un lienzo nuevo donde quepan la dignidad mixteca, el bordado zapoteco, el rojo maya, el blanco purépecha, el azul tenek, el maíz ñuu savi y el rebozo otomí.
“En esta tierra, a autoridad no puede seguir vistiendo con la misma tela monocorde de siempre. El símbolo debe abrirse a la diferencia, al color, a la raíz. La Corte también puede ser un espejo donde el país se mire completo, no dividido, no reducido, no disfrazado”, terminó.
