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Tipifica Senado el matrimonio forzado de niñas y niños de México

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El pleno del Senado de la República aprobó un proyecto de decreto que reforma el Código Penal Federal, a fin de establecer un tipo penal autónomo que sancione a quienes obliguen a menores a convivir con otra persona en forma constante y equiparable al matrimonio. 

Las penas serán mayores si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.

El dictamen precisa que comete el delito de cohabitación forzada de menores de 18 años o de personas que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con una persona mayor de 18 años, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.

Además, prevé que este delito sea imprescriptible y que al responsable se le imponga una pena de ocho a 15 años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa. De acuerdo con el documento, la pena prevista aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.

Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, aseveró que el matrimonio forzado de menores atenta contra el interés superior de la niñez y representa un menoscabo a los derechos fundamentales en detrimento de su desarrollo y formación integral.

Con la aprobación de esta minuta, dijo la senadora de Morena, las y los legisladores dejaran claro que nunca más las niñas, niños y adolescentes deben ser obligados a tener una relación sentimental, casarse, ser privados de su libertad o ser víctimas de la violencia doméstica.

También subrayó que los menores de edad de los hogares más pobres, de zonas rurales y pertenecientes a grupos indígenas y afrodescendientes están en mayor riesgo de ser víctimas del matrimonio forzado.

El proyecto de decreto, por el que se reforman el artículo 205-Bis y se adiciona un Capítulo IX al Título Octavo del Código Penal Federal, fue remitido al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

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