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Taxistas de Oaxaca anuncian paro porque Semovi no les dará concesiones

Foto(s): Emilio Morales Pacheco
Luis Ignacio Velásquez

La Secretaría de Movilidad (Semovi) del estado negó que esta dependencia gubernamental esté e haya iniciado el procedimiento para la entregada de concesiones para prestar el servicio público de transporte en los municipios de la entidad, por lo que pidió a los transportistas eviten caer en fraudes o engaños.

Mientras tanto, organizaciones de taxistas de la capital del estado exigen la entrega anual de concesiones a esta secretaría o, de lo contrario, amenazan con paralizar el servicio.

A través de las redes sociales, aseveraron que a inicio de esta semana se definirá la modalidad y el número de sitios que bloquearán, a falta de atención y respuestas por parte de la titular de la Semovi, quien en este año debía entregarles al menos 171 concesiones para el transporte público en la modalidad de taxi.

Agregaron que, sin embargo, aduciendo que no hay reparto de este tipo de títulos, la Semovi se excusa que el gobernador Alejandro Murat Hinojosa no ha girado las indicaciones correspondientes.

Por su parte, la dependencia gubernamental subrayó que el artículo 108 de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca y el artículo 77 de su reglamento, establecen la prohibición para el otorgamiento de concesiones, en los 180 días naturales anteriores a la conclusión del periodo constitucional del gobierno del estado.

“Por lo que en ningún municipio de la entidad se ha iniciado, ni se iniciará, procedimiento alguno a dichos otorgamiento. Exhortamos a las y los oaxaqueños a que se informen a través de medios oficiales para evitar ser víctimas de fraudes”.

Ley de vialidad 

El artículo 108 de la ley de vialidad, señala: para prestar el servicio público de transporte, se requiere de una concesión otorgada por el Gobernador del Estado o por la Secretaría, conforme al procedimiento que señala esta Ley y su Reglamento. (…) Dentro de los ciento ochenta días naturales anteriores a la conclusión del período constitucional de gobierno, queda estrictamente prohibido otorgar nuevas concesiones de transporte público; de igual manera, se deberán respetar los plazos establecidos en la legislación electoral del Estado.

Por su parte, el artículo 77 del reglamento de vialidad, puntualiza: Las concesiones que otorgue el Estado no crean derechos reales, no forman parte de la masa hereditaria y tampoco derechos de exclusividad a sus titulares; sólo les otorgan el derecho al uso, aprovechamiento y explotación del servicio de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables…

Ningún trámite relacionado con el procedimiento de otorgamiento de concesiones podrá iniciarse 180 días naturales antes de concluir el periodo constitucional de gobierno. No obstante lo anterior, el Gobernador del Estado o la Secretaría, mediante la publicación del acuerdo correspondiente, podrán suspender en cualquier momento el trámite para el otorgamiento de concesiones.

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