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Sabina, primera en llevar apellido materno antes que el paterno

Foto(s): Cortesía
Citlalli López Velázquez

Tras un largo proceso, Sabina, niña oaxaqueña que inspiró la lucha contra los deudores alimentarios morosos a través de su madre Diana Luz Vázquez Ruiz, logró el reconocimiento de la paternidad y llevará el apellido materno por delante.

“Hoy es un día muy significativo para Sabina y para mí. Su progenitor la reconoció por lo que su nuevo nombre es Diana Sabina Vázquez Rosado. Es la primera niña en Oaxaca cuya acta de reconocimiento de paternidad lleva primero el apellido de su mamá. La lucha por las infancias continúa. Gracias a todas mis hermanas por su fuerza, esto es por tantos niñ@s cuyos padres les han negado el derecho a la identidad y a ser reconocidos. Sigamos!! #LeySabina”, escribió la activista Diana Luz en su cuenta en Twitter.

En entrevista, señaló que las mujeres que maternan de manera autónoma tienen que ser reivindicadas en una sociedad patriarcal y machista que las señala y las juzga.

Ley Sabina -expuso- ha sido todo un movimiento nacional para visibilizar un problema social, el de los padres ausentes. “Como el progenitor de Sabina hay millones de hombres que abandonan a las mujeres embarazadas y niegan el reconocimiento a sus hijos e hijas. Para nosotras es una conquista el hacer que estos señores tengan una presión social que los obligue a reconocer su paternidad”, expuso.

En el país, el cambio de apellidos está vigente desde el 25 de octubre de 2017, cuando entró en vigor en la Ciudad de México. Dichos cambios derivaron de las reformas y adiciones al artículo 58 del Código Civil de la capital del país y con las cuales se destaca la relevancia de las mujeres en el ámbito familiar.

Alejandra Spitalier fue la primera persona en México que registró a su hija con el apellido materno gracias a que en 2016, la SCJN emitió una sentencia histórica a favor de María de los Ángeles Ahrens Gil y Alberto Eduardo Galván Monroy, pareja que presentó un juicio de amparo ante la Corte contra el artículo 58 del Código Civil de Ciudad de México, mismo que les impedía elegir el orden de los apellidos que llevarían sus hijas para que se colocara en primer lugar el de su madre.

En octubre de 2019 la SCJN declaró inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno. Señaló que la práctica de colocar el apellido del hombre primero relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar.

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