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Instalarán consejos para revocación de mandato a partir del lunes

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

Luis Ignacio Velásquez

El próximo 10 de enero se instalarán los 32 consejos locales y consejos distritales del Instituto Nacional Electoral (INE), para la eventual organización de la Revocación de Mandato, la cual, de convocarse, se realizará el próximo 10 de abril.

Los consejos locales y los distritales están integrados por consejeros que participaron en el pasado Proceso Electoral Federal 2020-2021, así como en la Consulta Popular celebrada en agosto de 2021.

Estos órganos son encargados de la implementación de los procedimientos para el desarrollo de la Revocación de Mandato, en los términos que precisen los Lineamientos, el Consejo General y la Junta General Ejecutiva.

Determinarán número y ubicación de las casillas básicas, contiguas, extraordinarias y especiales, que serán instaladas en el ámbito geográfico de su competencia, considerando lugares de fácil acceso y que deberán procurar la accesibilidad de personas adultas mayores o personas con discapacidad.

También serán responsables de identificar y proporcionar equipamiento y acondicionamiento en los lugares donde se instalarán las casillas.

Según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en sus artículos 83 y 254, las Mesas Directivas de Casilla, se integrarán con: una o un presidente, una o un secretario, y una o un escrutador y al menos un suplente general,.

Los Consejos Distritales supervisarán y participarán en el reclutamiento, selección y contratación de personas que prestarán sus servicios como supervisor y capacitador electoral.

El día en que se reciban las papeletas o a más tardar el día siguiente, en los órganos desconcentrados distritales del instituto, se procederá a contar las papeletas para precisar la cantidad recibida consignando número de folios, sellarlas al dorso y agruparlas con relación del número de ciudadanos que corresponda a cada una de las casillas, incluyendo las especiales.

El artículo 52 de la Ley Federal de Revocación de Mandato dice que los Consejos Distritales iniciarán el cómputo ininterrumpido de resultados a partir del término legal de la jornada y hasta la conclusión de ésta. El cómputo distrital consistirá en la suma de resultados consignados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas.

En ese sentido, se podrá contar con los resultados definitivos de la Revocación de Mandato y se darán a conocer los resultados a la población.

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