Escuelas privadas no deben pedir libros o útiles escolares: Profeco | NVI Noticias Pasar al contenido principal
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Escuelas privadas no deben pedir libros o útiles escolares: Profeco

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Foto(s): Cortesía
Citlalli López Velázquez

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) inició un operativo de verificación en escuelas particulares para observar que su comportamiento comercial no sea abusivo, es decir, que no exista condicionamiento de venta, esto es, que no se obligue a consumidores a adquirir productos como útiles, libros o uniformes en lugares determinados o en la misma escuela.

La Oficina de Defensa del Consumidor Zona Benito Juárez señaló que al iniciar el ciclo escolar 2022-2023, al menos 860 mil estudiantes volvieron a las aulas, una parte en escuelas particulares, por lo que es necesario cerciorar que se garantice el Derecho a la Educación a partir del respeto de los derechos de los consumidores.

Recordaron a los proveedores de servicios educativos privados que deben acreditar el cumplimiento de sus obligaciones comerciales. Para ello, se realizan visitas de vigilancia y atención a denuncias mediante la verificación del comportamiento comercial en escuelas particulares de educación básica establecidas en el estado de Oaxaca.

Indicó que en este tipo de servicio suele darse el condicionamiento de venta, es decir, obligar a consumidores a adquirir productos útiles, libros o uniformes en lugares determinados o en la misma escuela. 

Recorren centros educativos

Personal de Profeco recorre centros educativos en la semana del 29 de agosto al 2 de septiembre de 2022. Al presentarse debidamente identificados el establecimiento debe permitir la verificación pues, en caso contrario, podrán ser acreedores de una multa por negativa por la cantidad hasta por 31 mil 174.02 pesos.

Entre las obligaciones comerciales que tienen escuelas particulares están las de informar de manera correcta, clara y visible precios y tarifas de inscripción o reinscripción; colegiaturas (así como el número de éstas); exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, cursos complementarios fuera del horario normal de clases, prácticas deportivas especiales y/u otras actividades extracurriculares.

Asimismo, costo de transporte, cuando lo provean directamente los prestadores del servicio educativo o las bases de cobro, si los padres de familia, tutores o usuarios del servicio, lo contratan directamente.

Además, los costos de servicios de alimentación, que el prestador otorgue de manera opcional, cuando el educando permanece tiempo adicional al horario escolar; calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora.

Deberán entregar el reglamento escolar, así como la información para comunicarte con los directivos del plantel y los horarios de atención.

Los precios y tarifas deben estar expresadas en moneda nacional y según el grado, pueden variar.

Por otro lado, las escuelas particulares deben cumplir las promociones y ofertas y no pueden establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres de familia. En caso de solicitar donativos o cooperaciones tendrán el carácter de voluntarios, sin detrimento de las calificaciones del alumno.

 

31,174.02 pesos

Multa a escuelas por negarse a verificación

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