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Confirmó TEPJF la validez de la elección de concejalías en Tequixtepec

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

Después de una visita In Situ (en el lugar), la primera que se realiza para la resolución de asuntos relacionados con elecciones municipales regidas por sistemas normativos internos de pueblos y comunidades indígenas, los magistrados de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la sentencia emitida por el tribunal electoral local que, a su vez, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-270/2022, que declaró como jurídicamente válida la elección ordinaria de concejalías al Ayuntamiento de San Miguel Tequixtepec, Coixtlahuaca, para el periodo 2023-2025, llevada a cabo el 16 de octubre de 2022.

La controversia del caso surgió a partir de que personas de las agencias de policía Nata y Palo Solo, así como de la agencia municipal Santa Cruz Capulálpam, solicitaron a la asamblea electiva participar para ser elegidos como concejales. Sin embargo, dicha petición no fue aprobada por la asamblea, en atención a su método electivo, el cual estableció como requisito, que únicamente tienen derecho a ser elegidos como autoridades municipales los vecinos que viven en la cabecera municipal y que aparecen en el padrón de vecinos convocados.

Para la resolución de este asunto, la Sala Regional consideró necesario ordenar una visita in situ al municipio, así como, un dictamen antropológico para contar con mayores datos para identificar el sistema normativo y el contexto de la comunidad, con el objetivo de emitir una nueva sentencia en el expediente SX-JDC-52/2023. De conformidad con lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF en la ejecutoria recaída al expediente SUP-JRC-47/2023 y acumulado, por medio de la cual vinculó a la Sala Xalapa al dictado de una nueva sentencia, pero allegándose de mayores elementos de convicción sobre dicha controversia.

Esta visita in situ fue la primera que realiza esta Sala Regional en la resolución de asuntos relacionados con elecciones municipales regidas por sistemas normativos internos de pueblos y comunidades indígenas, y para su desarrollo se siguieron los Lineamientos para la Práctica de Visitas In Situ en Asuntos Relacionados con Pueblos y Comunidades Indígenas, aprobados previamente por el Pleno de la Sala Regional.

El dictamen antropológico estuvo a cargo del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS), Unidad Regional Pacífico Sur, el cual fue entregado a esta Sala el 30 de diciembre de 2023.

A partir de dichos elementos, el Pleno de esta Sala Regional determinó confirmar la validez de la elección ordinaria impugnada, al concluir que dicho proceso electivo se ajustó al sistema normativo de la comunidad, toda vez que no existe una norma vigente en tal sistema que permita a las personas que integran las tres agencias municipales precisadas ser votados para un cargo dentro del Cabildo Municipal del Ayuntamiento, las agencias sólo tienen derecho de votar.

Aunque, toda vez que existe la solicitud de las personas que habitan en las agencias en comento de participar de manera activa en las elecciones de la Cabecera Municipal, además de que se tienen indicios de que anteriormente las agencias sí tenían derecho de votar y ser votados; en atención al proceso gradual de autonomía al que han sido sometidas y desde una perspectiva intercultural, se consideró necesario que se les otorgue el derecho de ser votados para el próximo proceso electivo, garantizando, por lo menos, uno de los cargos edilicios del Cabildo Municipal.

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