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CNDH emite recomendaciones a la CFE y Fiscalía por muerte de menor

Foto(s): Cortesía
Giovanna Martínez

Alexei García 

El 11 de agosto de 2019, aproximadamente a las 9:40 horas, frente a un terreno baldío ubicado en la calle Ignacio Zaragoza, en la colonia Santa Teresa, municipio de Asunción Nochixtlán, un menor de edad falleció tras sufrir una fuerte descarga eléctrica al tocar un cercado, que se encontraba en contacto con un cable que se reventó y colgaba de un poste, propiedad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Por ello, el pasado 2 de septiembre, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 40/2021 a la CFE, en específico a Guillermo Nevárez Elizondo, director general de CFE Distribución; y a Arturo de Jesús Peimbert Calvo, fiscal general del estado de Oaxaca.

En el documento emitido por el organismo autónomo se indica: “sobre el caso de la violación de los derechos humanos a la vida, la seguridad jurídica, acceso a la justicia en su modalidad de procuración y al principio del interés superior de la niñez, en agravio de V1 y de sus familiares, por la falta de debida diligencia en las actividades de supervisión y mantenimiento de las líneas áreas de distribución de energía eléctrica en el municipio de Asunción Nochixtlán, Oaxaca y por la indebida investigación de los actos y omisiones probablemente delictivos relacionados”.

Los hechos

El 21 de enero de 2020, la madre del menor fallecido presentó ante la CNDH una denuncia de violaciones a derechos humanos cometidas en su contra y de su hijo, atribuibles a la CFE y a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO).

La madre de la víctima narró que es madre soltera y procreó dos hijos, de 8 y 6 años de edad.

Reiteró que su hijo, de 8 años de edad, falleció el 11 de agosto de 2019, debido a una descarga eléctrica, luego de tocar un cercado que estaba en contacto con un cable que se reventó y colgaba de un poste de la Comisión Federal de Electricidad.

Una vez que fue emitido el certificado de defunción y necropsia practicado por el personal de la Subdirección de Servicios Periciales de la Vicefiscalía Regional de la Mixteca, se determinó que la causa del deceso fue electrocución.

Además, la madre del menor que perdió la vida, manifestó que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca no había emitido el certificado de defunción requerido, alegando que el médico legista se encontraba de vacaciones y remitió la carpeta de investigación a la Vicefiscalía Regional de la Mixteca, que se encuentra a dos horas de la comunidad donde residen los deudos.

Asimismo, acusó a la FGEO de no declinar la competencia en favor de la Fiscalía General de la República, en cuanto a la presunta comisión de un delito del ámbito federal.

De igual manera, la madre de familia afectada refirió sobre la falta de mantenimiento al cableado de energía eléctrica en el lugar de los hechos desde el 4 de enero de 2018, cuando el propietario del terreno lo hizo del conocimiento de la CFE; por lo que es dicha autoridad la directamente responsable de no haber atendido la queja sobre el mantenimiento de su sistema eléctrico y también de la muerte del menor por omisión.

Abre expediente la CNDH

La Comisión Nacional de Derechos Humanos, ante este panorama y tras los dichos de la madre de familia y con la finalidad de investigar los hechos denunciados, abrió el expediente CNDH/6/2020/1069/Q.

El organismo autónomo requirió información a la Comisión Federal de Electricidad y a la Fiscalía de Oaxaca, al ser consideradas autoridades responsables.

Responsabilidades

“La información y evidencias que obran en el expediente y que han sido analizadas y valoradas por esta Comisión Nacional, acreditan la responsabilidad institucional por violaciones al derecho humano a la vida y al principio del interés superior de la niñez, en razón de que CFE Distribución, se abstuvo de acreditar durante la integración del expediente, que su actuar se hubiese apegado a la normativa que rige la prestación eficiente del servicio público de distribución de energía eléctrica, que por su propia naturaleza genera riesgos a las personas”, indicó la CNDH en un documento.

El organismo autónomo indicó que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca es responsable de “violentar el derecho de acceso a la justicia en agravio de V2 (madre) y V3 (hermano de la víctima), al no reconocerlas como víctimas de delitos; no declinar la competencia en favor de la Fiscalía General de la República, en cuanto a la presunta comisión del delito en materia federal y por remitir, sin justificación alguna, la carpeta de investigación a la Vicefiscalía Regional de la Mixteca, ubicada en el municipio de Huajuapan de León; provocando con ello, una evidente e injustificada dilación”.

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