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Ampara juez a exintegrante del Comité Anticorrupción

exintegrante Comité Anticorrupción
Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El juez décimo de distrito otorgó el amparo de la justicia federal a un exintegrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, por lo que el Congreso deberá a partir de ahora justificar la remoción de los integrantes de organismos y órganos autónomos y, sobre todo, los tres poderes del estado deberán de cumplir con sus responsabilidades constitucionales para mantener el equilibrio entre ellos, lo que fortalece el Estado de Derecho.

El integrante del Comité de Selección del Sistema Nacional Anticorrupción y coordinador del Laboratorio Universitarios de Estudios de Transparencia y Combate a la Corrupción de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Adán Córdova Trujillo, dijo que el fallo es histórico porque deja sin efecto la reforma constitucional que la 64 Legislatura había realizado al artículo 120 de la Constitución local en la que extinguía al comité y  nombraba un consejo, solo para designar otros integrantes, porque las funciones eran las mismas.

Subrayó que más allá de que el Juez de Distrito haya resuelto que se mantenga el comité que se desapareció en 2021, lo importante es el precedente que establece, porque antes se entendía tácitamente que con el cambio de nombre de un organismo u órgano autónomo ya era otra institución y se designaban nuevos funcionarios públicos; ahora el juez exige al Congreso que cumpla con la ley y justifique fehacientemente las razones por las cuales se pretenden designar otros funcionarios.

“Lo relevante es que la resolución fortalece el equilibrio entre poderes, el Poder Judicial está analizando la conducta del Poder Legislativo y donde hay omisiones está garantizando la tutela de los derechos constitucionales, procesales; esto establece un precedente, porque cada tres o seis años el Congreso cambiada de nombre a organismos y órganos autónomos para poder cambiar a los integrantes. Ahora cuando el Poder Legislativo pretenda revocar algún nombramiento que haya realizado, debe sujetarse al marco normativo; y necesariamente también alcanza al veto que se asignó al Poder Ejecutivo en la ley secundaria”.

Córdova Trujillo expresó que el juez estableció que en el caso del comité no hubo ninguna modificación al organismo y únicamente se violentó el procedimiento para la designación de otros servidores públicos.

Destacó que el amparo se otorgó a un integrante del Comité de Participación Ciudadana de Combate a la Corrupción, pero seguramente el criterio se aplicaría al órgano de acceso a la información, al de fiscalización, la fiscalía general, entre otros.

“Asimismo, establece un precedente para los mismos servidores públicos porque si la ley establece que deben de tener resultados, que deben de seguir procedimientos, que deben garantizar derechos o no cumplen con el perfil, seguramente veremos también este tipo de procedimientos para la remoción de cargos”.

Manifestó que la resolución judicial tiene impacto para las instituciones, el marco jurídico, para las funciones que ejercen los poderes legislativo, judicial y ejecutivo.

“Es importante señalar que esta resolución es producto de una acción ciudadana, porque los integrantes del comité que acudieron a los tribunales recurrieron a las herramientas que garantiza la Constitución y, por tanto, son ciudadanos los que están poniendo el ejemplo en el respeto a sus derechos”.

Manifestó que, en el contexto estatal, donde se está próximo a un cambio de titular del Poder Ejecutivo, es importante impulsar el fortalecimiento de las instituciones, la instauración de mejores marcos normativos, el acatamiento de las leyes y sus procedimientos, así como mejores instituciones y servidores públicos.

“Esta resolución sienta las bases para nuevos procesos de designación, para nuevos servidores públicos y, creo, que nos tocó ver un verdadero equilibrio entre poderes”.

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