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Aquí te decimos todo lo que debes saber sobre el Reparto de Utilidades

Foto(s): Cortesía
Alejandra López Martínez

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que obtiene un trabajador por desempeñar actividades productivas a cambio de un salario dentro de una empresa, el mismo deberá recibirse antes del 30 de mayo o hasta el 29 de junio en el caso de trabajar para una persona con actividad física.


Los trabajadores que tienen derecho a esta prestación son todos aquellos que hayan laborado al menos 60 días dentro de una empresa con utilidades de 300 mil pesos o superiores en su declaración fiscal 2020; si la persona física o moral cumple con los requisitos anteriores, podrás recibir dicho reparto aun cuando ya no formes parte de su equipo de trabajo.


El monto que deberás recibir


De acuerdo al Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), estipula que el monto máximo que deberá recibir cada trabajador es de tres meses de salario o la parte proporcional de la participación recibida al menos en los últimos tres años.


¿Quiénes no pueden recibir reparto de utilidades?


Las y los trabajadores domésticos, administradores, directivos, profesionistas o todos aquellos trabajadores que reciban su salario quincenal o mensual mediante el pago de honorarios por el préstamo de sus servicios, quedando exentas todas aquellas empresas que no cumplan con un año de labores.

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