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Aprueba México ampliar período de lactancia ne el ámbito laboral

Foto(s): Cortesía
Infobae

Una nueva reforma que busca avanzar a favor de los derechos de las mujeres trabajadoras y dar mejores oportunidades relacionadas con la crianza de sus hijos, fue aprobada por el Senado de la República a fin de garantizar el derecho humano de la maternidad en el ámbito laboral.

 

Se trata de la prestación que solicitan las madres trabajadoras para reposar y alimentar a sus hijos después de un parto. La reforma a la Ley Federal del Trabajo se autorizó, con 81 votos a favor y buscará ampliar el período de lactancia de seis meses que se otorgan actualmente a dos años.

Según el documento, algunos legisladores aseguraron que la lactancia es una actividad fundamental para el óptimo crecimiento y desarrollo de los recién nacidos, además de considerar un proceso benéfico para la mujer, ya que disminuye el riesgo de una hemorragia después del nacimiento, osteoporosis o cáncer de mama.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), a la fecha las mujeres tienen derecho a solicitar ese lapso de tiempo (6 meses) a partir del nacimiento del bebé.

También cuentan con la opción de dos sesiones de reposos extraordinarios por día en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, los cuales serán de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, o bien, cuando esto no sea posible se reducirá en una hora su jornada laboral en sustitución de los períodos de reposo.

Sin embargo, con la nueva propuesta (de 2 años) se plantea que, en dicho período, las mujeres podrían solicitar flexibilidad de su horario laboral, y en casos extraordinarios llevar a sus hijos al centro de trabajo, siempre que no se ponga en riesgo la integridad de los menores, y previo acuerdo con el patrón.

Los patrones deberán seguir garantizando espacios dignos, adecuados, privados, higiénicos y accesibles para la lactancia.

En la iniciativa se destaca la importancia de crear condiciones para que los vínculos entre los miembros de las familias se fortalezcan, dado que ambos padres deberán asumir el rol activo en la consolidación de la estabilidad emocional de los menores, su desarrollo saludable y su bienestar, a través de una convivencia temprana.

De acuerdo con la propuesta, también se podrán sentar las bases para que tanto hombres como mujeres ejerzan con plenitud su paternidad y maternidad, respectivamente.

Otra de las razones más importantes del proyecto es lograr que haya despidos de trabajadoras durante este lapso de tiempo, ya que eso implica una discriminación por razón de genero y violencia laboral que las coloca en un estado de vulnerabilidad.

Los legisladores también consideraron que la promoción de la lactancia en los centros de trabajo podría incrementar la eficiencia y productividad, así como reducir el ausentismo, ya que, las mujeres que lactan suelen faltar menos al trabajo, pues sus bebés se enferman menos.

Con frases como “es fundamental dar una mejor protección a las madres trabajadoras” y “este es el tipo de leyes que necesitan los mexicanos”, los senadores se pronunciaron a favor del dictamen.

En México solo el 28 por ciento de los niños menores de seis meses recibe lactancia materna exclusiva, motivo por el cual anunciaron que se trata de una iniciativa fundamental para garantizar los derechos de las madres. 

Actualmente, la Profedet brinda asesoría jurídica a las mujeres trabajadoras que les fue negado su período de lactancia. En caso de necesitar ese tipo de ayuda, las interesadas podrán presentarse en las oficinas de la Procuraduría, donde un abogado las apoyará legalmente y de forma gratuita.

 La licencia menstrual

Por otra parte Legisladoras del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) propusieron ante el Congreso de la Ciudad de México una modificación a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para incluir en los derechos de las trabajadoras y personas menstruantes una licencia para poder faltar sin repercusión a las labores en los días que se presente el “periodo”.

La iniciativa aprobada por el Congreso de la CDMX indica que las empresas o patrones deberán otorgar obligatoriamente un permiso, con goce de sueldo, al menos dos días al mes a mujeres trabajadoras o personas menstruantes que sean diagnosticadas con dolor crónico, mejor conocido medicamente como dismenorrea primaria o secundaria incapacitante.

Esta medida será aplicable sólo a aquellas personas que presenten una justificación médica correspondiente a una especialista en el área de ginecología avaluada por algún organismo del Sistema Nacional de Salud (IMSS,ISSSTE, entre otros).

Y es que de acuerdo con la legisladora Alicia Medina Hernández, impulsadora de la iniciativa, entre 45 y 95 por ciento de la mujeres en edad reproductiva padecen dolor crónico durante el ciclo menstrual. Razón por la cual debería existir un tipo de incapacidad en los días laborales para las mujeres que sean diagnosticas con este padecimiento.

La propuesta discutida el pasado 14 de febrero en la Cámara de Diputados, señala además que estará prohibido, por parte de los patrones, despedir a las trabajadoras o “coaccionarlas directa o indirectamente para que renuncien” por razones de género o al ser diagnosticada con dismenorrea incapacitante.

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