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Sin consulta, elegirán comisionado de atención a víctimas para Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El gobernador del estado Alejandro Murat Hinojosa envió una iniciativa de reforma al artículo 92 de la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca, a fin de que la terna para ocupar el cargo de comisionado ejecutivo de la Comisión Ejecutiva Estatal no sea producto de una consulta pública a los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia, sino previa una convocatoria que emita el Secretario General de Gobierno.


De acuerdo a la ley la Comisión Ejecutiva Estatal tendrá por objeto garantizar, promover y proteger los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial los derechos a la asistencia, a la protección, a la atención, a la verdad, a la justicia, a la reparación integral y a la debida diligencia.


De la Comisión Ejecutiva Estatal depende el Fondo Estatal, la Asesoría Jurídica Estatal y elRegistro Estatal de Víctimas.


Hasta hoy el artículo 29 de la ley establece que la Comisión Ejecutiva Estatal estará a cargo de un comisionado ejecutivo elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Honorable Congreso del Estado, de la terna que enviará el Ejecutivo Estatal, previa consulta pública a los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.


Sin embargo, en la iniciativa de reforma que remitió el titular del Poder Ejecutivo al Congreso, se manifiesta que “se estima oportuno sustituir todo lo referente a la consulta pública, para establecer que el procedimiento para elegir al comisionado ejecutivo estatal iniciará con una convocatoria emitida por el Secretario General de Gobierno, debiendo ser publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en dos diarios de circulación en la entidad, lo que permitirá que participen todas las personas interesadas en ocupar dicho cargo y que cumplan con los requisitos señalados en la ley”.


“Asimismo, se considera que no es oportuno la consulta pública de los colectivos de las víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil especializada en la materia, para elegir al comisionado, en razón de que ellos participan en la integración de la Asamblea Consultiva, siendo de suma importancia que el Comisionado Ejecutivo sea independiente en su actuar, es decir, que la elección de dicho comisionado no esté supeditada a la consulta pública de los representantes que integran la Asamblea Consultiva”.


La iniciativa propone que el artículo 29 tenga la siguiente redacción: La Comisión Ejecutiva Estatal estará a cargo de un Comisionado Ejecutivo elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Honorable Congreso del Estado, de la terna que enviará el Ejecutivo Estatal, previa convocatoria que emita el Secretario General de Gobierno, misma que se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en  dos diarios de circulación en la entidad.

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