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Pena máxima a jóvenes: 5 años

Foto(s): Cortesía
Redacción

La Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, que entró en vigor el 18 de junio de 2016, redujo las penas privativas de libertad para aquellos adolescentes que delinquen y que sus edades oscilan entre los 14 años y menores de 18 años.


Juana Rosa Corte Silva, jueza coordinadora del Juzgado Especializado para Adolescentes, explicó que con la legislación estatal que entró en vigor el primero de enero de 2007, se establecían penas máximas de 12 años de cárcel para jóvenes de 16 años y menores de 18 en delitos como homicidio calificado, violación tumultuaria, secuestro y parricidio; mientras que la pena para los que están en la franja de edad de 14 años a menores de 16 años, eran de seis años.


Con la nueva legislación se modificó a penas máximas de cárcel de cinco años a los comprendidos en la edad de 16 años cumplidos y menos de 18; para los de 14 años y menos de 16, una pena máxima de tres años. Los adolescentes que están comprendidos de los 12 años a menos de 14, nunca van a prisión.


“Para los jóvenes es benéfico porque el tiempo que estarían privados de su libertad serían menos. Para una persona que es menor de edad, el tiempo no transcurre como nosotros lo sentimos, para ellos entre menos edad, el tiempo pareciera que es más lento y si lo vemos desde la perspectiva de que un joven de 14 años que pudiera estar privado de su libertad hasta seis años, estaríamos hablando que casi es la mitad de su vida. Entre menos edad la sanción se siente más grave aunque sea de la misma duración”, opinó.


La jueza explicó que estas disposiciones contenidas en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, la cual aplica para todo el país, es des de la óptica biológica y psicológica.


Penas que no se cumplieron


Por otra parte, dijo que aunque en la legislación anterior se establecían penas de hasta 12 años de cárcel, estas no impusieron.


“Para nosotros, los operadores del sistema casi es lo mismo, porque aun cuando la ley establecía 12 años de pena privativa máxima, me parece que nunca pusimos esa sanción. La máxima que se ha puesto es de 10 años, tal vez en algún juez por algún delito, la forma en que se cometió, se le hubiera podido imponer 12 años”.


Además, la legislación anterior contenía un artículo que señalaba que al término de la mitad de la sentencia, se podría revisar la medida privativa de libertad y poderla modificar. “Es decir que si se le imponían ocho años, a la mitad, esto es los cuatro años, esa medida podría ser revisable y por lo tanto modificable. En ese tiempo se revisaba la medida y se le imponía una menos graves, como semi libertad o de libertad asistida: se va a su domicilio bajo la supervisión de un responsable y tenía que estar acudiendo a supervisión a la ejecución de medidas sancionatorias, era una libertad vigilada”.


Corte Silva aclaró que el sistema de justicia para adolescentes es más educativo que sancionador: “Cuando un adolescente comete un delito, significa que le falló la familia, le falló la escuela, porque son entidades de educación”.


"Para una persona que es menor de edad, el tiempo no transcurre como nosotros lo sentimos, para ellos entre menos edad, el tiempo pareciera que es más lento y si lo vemos desde la perspectiva de que un joven de 14 años que pudiera estar privado de su libertad hasta seis años, estaríamos hablando que casi es la mitad de su vida":


Juana Rosa Corte Silva, jueza

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