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Demandan expertos anulación de consulta de proyecto eólico

Foto(s): Cortesía
Octavio Vélez Ascencio

Organizaciones civiles y expertos en Derecho presentaron una opinión técnica ante el juzgado séptimo de distrito, con sede en Salina Cruz, en el juicio de amparo promovido por el pueblo zapoteca de Juchitán de Zaragoza en contra del proyecto de la empresa Eólica del Sur, donde determinan que la consulta promovida por el Estado mexicano no cumplió con los requisitos de ley y, como consecuencia, los permisos otorgados deben anularse.


Felipe Romero, abogado del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), explicó que la opinión técnica, denominada amicus curiae, brinda argumentos de no haberse reunido los elementos necesarios para el desarrollo de la consulta, señalados tanto por la legislación nacional como por los tratados internacionales; principalmente porque no fue previa, y por tanto  “no asegura la protección de los derechos humanos del pueblo indígena”.


Es fundamental, asentó, que la autoridad judicial reconozca que el derecho a la consulta de las comunidades indígenas en contextos de proyectos de desarrollo que afectan su territorio, recursos naturales, costumbres y forma de vida, “no puede limitarse tan sólo a un mero procedimiento, sino que debe entenderse como un derecho que busca proteger derechos esencialísimos para la preservación de la vida y la cultura ancestral de los pueblos”.


Destacó que, según el protocolo para la realización de la consulta, debió ser previa, libre e informada; pero antes de su celebración, el proyecto ya contaba con una autorización en materia de impacto ambiental.


Posteriormente, durante la consulta, la empresa obtuvo el resto de los permisos, como el de autoabastecimiento y las autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, señaló.


Resaltó que esto evidencia la violación clara al carácter previo de la consulta a la comunidad zapoteca de Juchitán, así como una violación al derecho a la consulta en sentido general.


Ante esto, el experto dijo que la autoridad judicial, al resolver el juicio de amparo, debe también implicar una declaratoria de nulidad de los permisos y autorizaciones impugnados, para dejarlos inexistentes.

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