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Confirma tribunal alcaldía a Gloria Sánchez

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó el recurso de reconsideración interpuesto en contra de la resolución de la Sala Xalapa por la coalición PRI-PVEM que ratificó el cómputo así como la declaración de validez de la elección del Ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza, a favor de la candidata de la coalición PAN-PRD, Gloria Sánchez López.


Los magistrados manifestaron que se advierte, de manera evidente, que la sentencia de la Sala Regional no analiza algún tema constitucional o convencional, ni se advierte que se hubiera inaplicado alguna norma electoral, partidista o de cualquier otra índole.


“En su lugar, lo que se observa es que el estudio realizado por la Sala Regional se limitó exclusivamente a una cuestión de legalidad, consistente en analizar el valor probatorio de los diversos instrumentos notariales aportados por los ahora recurrentes al juicio primigenio, así como a la falta de recuento y cómputo de un paquete electoral”.


Afirma que la actuación de la Sala responsable únicamente se avocó a declarar que fue correcto lo determinado por el Tribunal Electoral de Oaxaca, pues se ajustó a Derecho porque efectivamente de los elementos de prueba aportados por los ahora recurrentes no era posible advertir la actualización de las causales de nulidad de votación recibida en las casillas alegadas.


“De manera que en el juicio de revisión constitucional electoral hecho valer ante la Sala Regional se observa que únicamente se formularon agravios tendentes a demostrar que el Tribunal Electoral de Oaxaca llevó a cabo un inadecuado estudio de los elementos de prueba que obraban en autos, en específico de los testimonios notariales que se aportaron en el recurso de inconformidad primigenio”.


Por lo que todo versa sobre cuestiones sobre de legalidad, sin que obre argumento alguno relacionado con la inconstitucionalidad o interpretación convencional, o inaplicación de algún precepto de la Constitución federal.


EL RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN


El 23 de septiembre de 2016 los partidos políticos Revolucionario Institucional, y Verde Ecologista de México, a través de sus respectivos representantes autorizados en el convenio de coalición, Orlando Acevedo Cisneros y Alejandro de Jesús Méndez Díaz, así como por conducto de sus correspondientes representantes ante el Consejo Distrital de Juchitán, Oaxaca, Orlando López Toledo y Alan Toledo Toledo, interpusieron el recurso de reconsideración a fin de controvertir la sentencia del 20 de septiembre del 2016, emitida por la Sala Regional Xalapa.

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