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Es oficial, se quedan sin registro los partidos PES, RSP y FXM

partidos políticos
Foto(s): Cortesía
Giovanna Martínez

Se confirmó la pérdida del registro de los partidos políticos Fuerza por México (FXM), Partido Encuentro Social (PES) y Redes Sociales Progresistas (RSP) en México, esto, a pesar de que demandaron al Tribunal reponer su registro.

Durante una votación, seis de siete magistrados  del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la pérdida de registro de esos partidos ya que obtuvieron menos del 3 por ciento de votación en la pasada elección federal.

Así lo confirmó el Instituto Nacional Electoral (INE), quien fue la primera instancia que revocó sus registros. 

En tanto, los partidos argumentaron que la pandemia de COVID-19 los puso en una situación inequitativa ante otros partidos.

Por mayoría, los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe Fuentes, José Luis Vargas, Mónica Soto, Janine Otálora Malassis y Felipe de la Mata Pizaña consideraron que los efectos que tuvo la irrupción del Covid-19 en la vida política no sólo afectó a estos partidos políticos, sino a toda la estructura electoral, por lo que dicho argumento no es válido.

“Las medidas decretadas por la autoridad electoral administrativa con motivo de la pandemia que sufrió nuestro país y que se vivió en el mundo entero no tuvieron como fin paralizar o entorpecer el ejercicio democrático”, expuso la magistrada Mónica Soto.

“Los partidos políticos recurrentes no fueron los únicos afectados por las condiciones que prevalecieron durante las diferentes etapas del proceso electoral, como lo señalan los proyectos”, agregó.

De acuerdo con la magistrada, estimar lo contrario implicaría no solo rebasar el rol de la o el juez como intérprete de la Constitución, sino que también alteraría o corrompería el modelo del sistema electoral y de partidos.

De igual forma, la magistrada Janine Otálora Malassis determinó que no cabe a interpretación el artículo 42 de la Constitución que señala que los partidos políticos deben perder su registro si no alcanzan el 3% de la votación.

“Inaplicar la regla es inaplicar la Constitución. Aplicar otra interpretación corrompería el sistema electoral. La contingencia sanitaria no justifica modificar las reglas”, sostuvo la magistrada.

Con información de Forbes. 

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